Conoce la nueva Ley de Tráfico y Seguridad Vial

La Dirección  General de Tráfico (DGT) ha publicado su nueva Ley de Tráfico y Seguridad Vial, ley que pretende cambiar ciertos comportamientos peligrosos al volante para una mayor seguridad para todos. A partir de ahora, concretamente a partir del 21 de marzo, las sanciones impuestas por conducir con el móvil en la mano, por no usar el cinturón de seguridad o por llevar inhibidores de radar, entre otros, serán mayores.

Según Pere Navarro, director general de Tráfico, “es una ley que apuesta por el futuro, ya que se incorpora a la Ley de Tráfico la política de medioambiente, obligando a los usuarios de la vía a protegerlo y con referencias expresas a episodios de alta contaminación y a zonas de bajas emisiones. También es novedosa porque establece, por primera vez, la regulación del vehículo autónomo, con el fin de dotarle de un marco jurídico susceptible de garantizar las exigencias en relación con la seguridad vial”.

En total, la nueva ley recoge más de cincuenta novedades. Aquí, te contamos las más importantes.

Velocidad

Una de las principales novedades es la prohibición de rebasar en 20 km/h el límite de velocidad para adelantar. Así, la nueva ley señala que “se suprime la posibilidad de que turismos y motocicletas puedan rebasar en 20 km/h los límites de velocidad en las carreteras convencionales cuando adelanten a otros vehículos que circulen”.

Distracciones

Aumenta de 3 a 6 puntos la sanción por conducir sujetando el teléfono móvil con la mano, cambiando esta nueva ley la palabra ‘utilizar’ por ‘sujetar con la mano dispositivos de telefonía móvil’. Así, “aumenta de 3 a 6 los puntos a detraer por utilizar, sujetando con la mano, dispositivos de telefonía móvil mientras se conduce”. De hecho, y desde 2016, las distracciones al volante son la primera causa de los accidentes mortales, cosa que se quiere evitar desde la DGT.

Cinturón de seguridad

La sanción también será mayor en caso de no llevar el cinturón de seguridad puesto. “Aumenta de 3 a 4 los puntos a detraer por no hacer uso, o no hacerlo de forma adecuada, del cinturón de seguridad, sistemas de retención infantil, casco y demás elementos de protección obligatorios”. De nuevo, la seguridad de todos está en juego, pues 1 de cada 4 fallecidos en accidente de tráfico sigue sin hacer uso del cinturón de seguridad.

Motoristas

Otra de las novedades es la autorización de la “utilización de dispositivos inalámbricos certificados u homologados para la utilización en el casco de protección de los conductores de moto y ciclomotor, con fines de comunicación o navegación, siempre que no afecte a la seguridad en la conducción.

Radares

Por otro lado, llevar en el vehículo mecanismos de detección de radares o cinemómetros, aunque se desactiven, será una infracción grave multada con 500 euros y la pérdida de 3 puntos. Interferir en el radar, 6 puntos.

Ciclistas

También hay novedades en lo referente a la seguridad de los ciclistas, “haciendo obligatorio, en vías con más de un carril por sentido, cambiar por completo de carril cuando se proceda a adelantar a ciclistas o ciclomotores. Además, se aumenta de 4 a 5 los puntos a detraer cuando se adelante poniendo en peligro o entorpeciendo  ciclistas sin dejar la separación mínima obligatoria de 1,5 metros. También se prohíbe parar o estacionar en carril bici o en vías ciclistas”.

Objetos a la vía

Otro cambio es el paso de infracción grave a muy grave el hecho de “arrojar a la vía o en sus inmediaciones objetos que pueden producir accidentes o incendios. Esta infracción supone la pérdida de 6 puntos y la sanción de 500 euros”.

Zonas de Bajas Emisiones

Y en cuanto a las políticas de medioambiente, “se introduce una nueva infracción grave, con 200 euros de cuantía por no respetar las restricciones de circulación derivadas de la aplicación de los protocolos ante episodios de contaminación y de las zonas de bajas emisiones”. Además, “la Ley de Cambio Climático y Transición Energética obliga a los municipios de más de 50.000 habitantes a establecer Zonas de Bajas Emisiones antes del 1 de enero de 2023”. 

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